CATÁLOGO EUROPEO DE RESIDUOS (CER)

La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, establece en su artículo 3.a) que, en todo caso, tendrán la consideración de residuos los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos (CER), aprobado por las Instituciones Comunitarias mediante la Decisión 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre de 1993.

Igualmente, en el apartado 2 de la disposición final tercera de la citada Ley, se dispone que por el Ministerio de Medio Ambiente se publique dicho Catálogo.

En su virtud, y de conformidad con las competencias que me vienen atribuidas por el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, resuelvo:

Dar publicidad al Catálogo Europeo de Residuos (CER), aprobado mediante Decisión 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre de 1993, publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas número L5, de 7 de enero de 1994, y que se acompaña como anejo de la presente Resolución.

En el CER se han realizado las oportunas adaptaciones, de tipo lingüístico, conforme a las versiones originales inglesa y francesa.



Madrid, 17 de noviembre de 1998.


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